MALVINAS 2000 - Capitulo V - Página 044

Cheek.-Evidentemente lo que plantea Ud. es un caso muy hipotético, pero de haber ocurrido, yo no tendría dudas que Inglaterra la hubiera recuperado por su supremacía. Incluso mi país la habría ayudado seguramente.

Reconozco que los derechos de una potencia, en la práctica son mayores que los de un país del tercer mundo. Y también reconozco que semejante resolución de la ONU, para un país como Argentina, sería para cumplimiento inmediato y sin opción a réplica.

J.C.-Gracias por estar de acuerdo al menos en este punto.

Seguramente Ud. convendrá que otra es la posición de Inglaterra frente a China, por el litigio de Hong Kong. Ya que si Hong Kong fuera de algún país oriental pequeño, difícilmente Inglaterra se la devolvería en el noventisiete, pero potencia contra potencia, hace cambiar la óptica de cualquiera. Máxime tratándose de un territorio donde habitan mil cien millones de personas, y todas pueden ser potenciales consumidores. Además en esa isla no hay petróleo...

Cheek.-Sin dudas que ese enorme mercado dormido hoy, es extremadamente atractivo para todos los países exportadores. Incluso para otros que utilizan su mano de obra de bajísimo costo, para producir en gran escala, e inundar el mundo con productos de baja calidad y precios.

J.C.-Permítame seguir con un poco de historia, pero más reciente.

En el año 1968 la delegación de Inglaterra, sin convencimiento, pero no viendo otra salida que las negociaciones, acordó el texto definitivo con la Argentina en un "Memorándum de Entendimiento" que, de no haberse negado luego Inglaterra a materializarlo, hubiera permitido la solución a la disputa.

Pues en él se establecía que reconocería la soberanía de la Argentina sobre las Islas, cuando se consideraran satisfactorias las garantías y salvaguardas, que el gobierno argentino se comprometería otorgar a los isleños.

Luego de cinco años de estancamientos en la negociaciones debido a la intransigencia inglesa, la ONU dicta la resolución número 3160 del catorce de diciembre de 1973, donde declara la necesidad de acelerar las negociaciones previstas en la anterior 2065, para arribar a una solución pacífica de la soberanía.

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